El respeto a los derechos y la dignidad de la persona en la vida militar
La recientemente aprobada Ley orgánica de los derechos y deberes de los miembros de las fuerzas armadas ha creado una nueva figura, el Observatorio de la Vida Militar. Este observatorio nace de la propuesta que realizó Justícia i Pau, conjuntamente con 25 ONG catalanas, y que fue asumida por la Ley de la defensa nacional de 2005.
Esta propuesta recogía una de las principales conclusiones del
trabajo de Informació per a la Defensa dels Soldats, organización
catalana que estuvo muy activa en los tiempos finales de la mili
defendiendo a los jóvenes que se veían obligados a realizarla.
El
Observatorio responde a la necesidad de que existan mecanismos de
prevención y vigilancia para que la vida militar se desarrolle en el
respeto y la dignidad de la persona. Los maltratos, humillaciones y
abusos sobre militares y reclutas constituyen un fenómeno persistente en
la mayor parte de los ejércitos del mundo, como recientemente se
encargaron de recordar las humillaciones sufridas por los reclutas del
buque escuela alemán Gorch Fock. El caso español no es una excepción, y
la profesionalización reciente del personal militar no ha conseguido su
erradicación.
No es un problema exclusivo de las personas
afectadas, de las víctimas. Por la naturaleza propia de las fuerzas
armadas tiene un alcance superior. La violencia, y el no respeto de los
derechos humanos y la dignidad de sus miembros, condiciona de manera
irreversible las finalidades de las fuerzas armadas y en esta medida
afecta el conjunto de la sociedad. La sociedad debe vigilar que la vida
militar no se construya en la vulneración de derechos y ha instrumentar
los mecanismos precisos para evitarla.
Es aquí donde reside la importancia de la creación del Observatorio de la Vida Militar.
Ha
tenido que esperarse casi seis años, excediendo ampliamente los tres
meses que la Ley de defensa nacional disponía, para que se haya aprobado
definitivamente su creación. Expresión de las resistencias que han
tenido que vencerse eran las carencias del proyecto de ley inicial, que
planteaba un observatorio vacío de contenido y de competencias. En el
proceso de debate parlamentario, el Centre Delàs de Justícia i Pau
compareció en la Comisión de Defensa del Congreso y la ley finalmente ha
mejorado el proyecto inicial, y lo ha mejorado en la dirección que
indicamos.
Ha reforzado su papel de vigilancia del respeto a los
derechos fundamentales y a las libertades públicas de los miembros de
las fuerzas armadas, principal motivo por el que propusimos la creación
de este observatorio.
El Observatorio podrá actuar a “instancia
de parte”, aspecto capital para que no sea un órgano volcado únicamente
en hacer informes de despacho, y esto quiere decir que podrá admitir
denuncias de particulares e investigarlas, con capacidad para acceder,
si es preciso, a las unidades militares.
Ha incorporado en su
composición a personas del ámbito de los derechos humanos, cuando el
proyecto sólo admitía a personas vinculadas a la defensa, militar por
supuesto, o a los recursos humanos, delatando de esta forma cuales eran
las intenciones iniciales.
Se ha clarificado su dependencia
directa de las Cortes Generales, como expresión de la vigilancia de la
sociedad sobre la vida militar, eliminando del redactado la adscripción a
la subsecretaría de defensa, lo que en la práctica lo convertía en un
órgano dependiente del Ministerio de Defensa, el cual ahora se limitará a
proporcionar sede y apoyo administrativo.
Naturalmente esta es
la ley, pero será preciso ver cuál será la aplicación práctica del
Observatorio de la Vida Militar, cuáles son los miembros escogidos por
las Cortes para ponerlo en marcha, y de ello dependerá que quede como un
observatorio más de los que nadie recuerda o que sea un órgano que
pueda actuar realmente. También, será necesaria la presión social, así
como contar también con la presencia cada día más activa de las
asociaciones profesionales de militares, en especial de aquellas que no
buscan privilegios o una incidencia política sino, simplemente, ser
tratados como ciudadanos normales, y no como carne de cañón de
obediencia ciega. Y esto ha hecho que la ley haya avanzado tambien,
aunque no de una manera plena, en el reconocimiento de los derechos
ciudadanos de las personas de uniforme, que se haya reconocido el
asociacionismo militar como instrumento legítimo para la defensa de sus
intereses profesionales, económicos y sociales o, también, que se cree
el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, como órgano de
participación.
El desarrollo de esta ley pondrá a prueba si los
ejércitos pueden renunciar realmente a la violencia interna, ya sea
oficial o ya sea paralela, base que da cuerpo a la vulneración de
derechos y de la dignidad de la persona en el seno de las fuerzas
armadas. O si lo realmente razonable es pensar que estas violencias son
una parte estructural de los ejércitos urgiendo aún más la necesidad de
buscar otras formas de seguridad que no pasen por los ejércitos