Derechos humanos: ¿nuevos aires, nueva voluntad?

Derechos humanos: ¿nuevos aires, nueva voluntad?

Las Naciones Unidas ponen fin a su Comisión de Derechos Humanos y crean un nuevo órgano llamado Consejo de Derechos Humanos. ¿Qué hay detrás de esta reforma?
Sabina Puig. Materiales de Trabajo, núm. 28 (marzo de 2006)

Últimamente nadie parecía satisfecho con la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, creada en 1946 y madre de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y tantas otras normas y mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos.

Los Estados integrantes del denominado like-minded group (1) se quejaban de que sólo se criticaba a los países pobres. Los representantes diplomáticos más comprometidos se desesperaban al ver que sus esfuerzos no cambiarían la actitud de los Estados poco dispuestos a hacer valer los principios básicos de los derechos humanos. Los expertos independientes lamentaban no disponer de más espacio para exponer sus observaciones y recomendaciones. Los países examinados (entre ellos el Estado español, en el año 2004) descalificaban sin ningún escrúpulo los informes que señalaban su responsabilidad en violaciones de derechos humanos. Las ONG intentaban encontrar sentido en este circo donde intereses a menudo ajenos a los derechos humanos determinaban las tomas de posición de los Estados. El público en general se preguntaba cómo podía ser que países como Libia presidieran el principal órgano internacional de protección de los derechos humanos.

En definitiva, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas estaba debilitada. Se hacía urgente e indispensable la introducción de cambios profundos en el funcionamiento de la Comisión, para que este órgano no acabara perdiendo toda la credibilidad merecidamente ganada años atrás. Porque no lo olvidemos, la Comisión de Derechos Humanos, méritos ha tenido muchos y el nuevo órgano que la sustituirá tendrá que heredar de sus bases más sólidas.

El primer éxito que nadie puede reprochar a la Comisión es la elaboración de numerosos tratados internacionales que codifican el conjunto de los derechos humanos. Incluso en épocas de gran tensión internacional, como durante la Guerra Fría, fue en el seno de la Comisión donde se adoptó el que hoy constituye el núcleo del derecho internacional de los derechos humanos: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Si bien en la codificación de normas internacionales la Comisión ha avanzado lentamente y se ha paralizado bastante en las dos últimas décadas, no ha dejado nunca de trabajar en este sentido. Así, y aunque quedaba todavía pendiente la adopción de instrumentos importantes, como el Protocolo Facultativo al PIDESC, en 2005 se adoptaron los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones.

Un segundo éxito de la Comisión ha sido la creación de toda una serie de mecanismos de protección y promoción de los derechos humanos, conocidos como mecanismos temáticos y mecanismos geográficos. Se trata de expertos independientes que, individualmente o en grupos de trabajo (el Relator Especial contra la Tortura, la Representante Especial sobre los Defensores de los Derechos Humanos, el Relator Especial sobre el Derecho a una Vivienda Digna, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, el Experto Independiente sobre la Situación de los Derechos Humanos en Somalia, son algunos de los más de 40 mecanismos especiales), han denunciado públicamente casos individuales y situaciones generales de vulneraciones de los derechos humanos en cualquier parte de mundo, han contribuido al desarrollo del derecho internacional y han realizado visitas de investigación a un gran número de países. Si bien se ha reprochado a la Comisión, y con mucha razón, ser un órgano politizado, sus mecanismos han trabajado con independencia y eficacia y han incluido en la agenda internacional problemáticas olvidadas, sean quienes sean sus responsables.

En tercer lugar, el modus operandi de la Comisión ha creado un espacio que, aunque reducido, ha proporcionado a ONG de todos los ámbitos y países la posibilidad de reunirse y participar, de manera aislada o en acciones conjuntas, en sesiones de debate de la ONU, un espacio que raramente se reproduce en otras partes del sistema de las Naciones Unidas.

En definitiva, la Comisión ha contribuido a que los derechos humanos dejen de ser una cuestión interna sobre la cual los Estados proclamaban soberanía nacional para transformarse en objeto de debate y control universal.

Lamentablemente, el funcionamiento de la Comisión ha ido viciándose en los últimos años y estos sucesos se han ido tiñendo de fracaso y frustración. El Secretario General y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresaron la necesidad de reformarla hace un año, y la constitución de un nuevo órgano de derechos humanos ha sido vagamente reflejada en los últimos informes del Sr. Annan sobre la reforma de las Naciones Unidas. Aun así, no se trataba de una propuesta detallada, sólo se hablaba de cambios. Se pensó que durante la cumbre de las Naciones Unidas de 2005 la propuesta se clarificaría, pero tampoco fue así. No fue hasta el 16 de marzo de 2006 que la Asamblea General aprobó la creación del Consejo de Derechos Humanos, el nuevo órgano que sustituirá a la Comisión.

La resolución que estableció este nuevo órgano no fue aprobada por unanimidad. Estados Unidos, y tres de sus fieles aliados – Israel, las Islas Marshall y Palau – votaron en contra. Bielorrusia, Irán y Venezuela se abstuvieron. De acuerdo con el texto aprobado, los nuevos miembros del Consejo serán elegidos el próximo mes de mayo y éste se reunirá por primera vez el 19 de junio de 2006. Los principales elementos que diferenciarán el nuevo Consejo de Derechos Humanos de la extinta Comisión de Derechos Humanos son los siguientes:

– Tendrá 47 países miembros en vez de 53 y estos serán elegidos por mayoría absoluta en la Asamblea General. Hasta ahora, los miembros de la Comisión eran elegidos por el ECOSOC, y en base a criterios geográficos.
– Los miembros podrán serlo durante periodos de tres años renovables una sola vez.
– Se controlará la situación de los derechos humanos de todos los miembros del Consejo, así como el comportamiento del resto de los 191 países miembros de las Naciones Unidas.
– Los miembros podrán ser expulsados por decisión de una mayoría cualificada (dos terceras partes) de la Asamblea General, si cometen violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos.
– El Consejo se reunirá como mínimo durante tres sesiones anuales que tendrán una duración global no inferior a 10 semanas. Hasta ahora la Comisión se reunía una vez al año durante seis semanas en Ginebra. Además, el Consejo podrá reunirse en sesiones especiales para responder a emergencias. La Comisión también tenía la posibilidad de reunirse en sesiones extraordinarias.

Es peligroso querer eliminar un mecanismo de defensa de los derechos humanos cuando todavía no se tiene una alternativa satisfactoriamente definida. Por el momento, el 62º periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos no se ha celebrado, y la consideración de todos los informes presentados por los mecanismos especiales de la Comisión ha quedado en un suspenso indefinido. Entre estos muchos informes se encuentra el informe de la visita del Relator Especial sobre la Tortura a China, una visita que el gobierno chino tardó 10 años en autorizar. También se encuentra el informe de varios mecanismos especiales sobre las condiciones de detención en Guantánamo y que tanto ha molestado a las autoridades de Estados Unidos. Informes muy esperados, pero que en medio de tanta reforma pasarán desapercibidos, o incluso quedarán ignorados. También quedan en la ambigüedad la continuidad de muchos mecanismos especiales.

A pesar del caos y los inconvenientes de este proceso, debemos creer que la sustitución de la Comisión de Derechos Humanos por un Consejo de Derechos Humanos constituye un paso adelante significativo. La resolución finalmente aprobada no contiene todas las garantías que las ONG de defensa de los derechos humanos y el propio Kofi Annan esperaban. Por ejemplo, no se ha elevado el nuevo órgano al mismo nivel que el Consejo de Seguridad, como se sugirió en un inicio, con tal de hacer de los derechos humanos uno de los pilares estructurales de las Naciones Unidas.

Aun así, la creación del Consejo de Derechos Humanos aporta un cambio necesario, un aire fresco de legitimidad que tendría que fortalecer los mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos. Propone una manera de salir del estancamiento y la debilidad en los que las críticas de los últimos años habían dejado la Comisión de Derechos Humanos. Esperando que estos cambios sean suficientes para evitar que este nuevo órgano se politice y degenere como hizo la Comisión, debemos felicitarnos por la aprobación casi unánime del nuevo Consejo, el cual refleja las ganas de muchos actores para seguir trabajando con transparencia y eficacia por el respeto universal de los derechos humanos. Hemos hecho bien en cambiar las reglas del juego, esperemos ahora que haya una voluntad real de ser fair-play.

Tengamos también bien presente que esto es sólo un nuevo inicio y que el objetivo final de esta reforma es construir un sistema que aporte una diferencia palpable a las víctimas de violaciones de los derechos humanos, a todas, ya sean periodistas encarcelados en Túnez, mujeres violadas en Myanmar, detenidos en condiciones inhumanas en Estados Unidos, niños de la calle en Honduras, indígenas expulsados de sus tierras en Chile, jóvenes objeto de tráfico ilegal de personas en Italia, opositores políticos asesinados en la República Democrática del Congo, defensores de los derechos humanos amenazados en Colombia, inmigrantes discriminados en España, demócratas torturados en China, grupos minoritarios perseguidos en Rusia, refugiados políticos expulsados de Australia, o poblaciones enteras a quienes se les niega los derechos socio-económicos más básicos. El nuevo órgano debe dar voz a todas estas personas y contribuir a que las violaciones que se cometen contra ellas no sigan siendo ignoradas, negadas e impunes.


(1) Grupo integrado por Cuba, Egipto, Pakistán, China, India, Malasia, Indonesia, Siria, Argelia, Nigeria y Túnez.



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